4.7 Elaboración de programas

La Ley de la Evaluación del Ambiente para la Comunidad de Madrid nos ofrece una serie de definiciones respecto a lo que en Administración Pública se concibe como un programa y un proyecto. Estos términos son utilizados de manera similar en un nuestro país, por lo que se utilizan como referencia para estos apartados.


https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/en-que-consiste-el-nuevo-modelo-educativo-en-mexico-sentimientos-y-experiencias-ejes-del-modelo-de-aprendizaje-en-mexico-1930407.html

Programa: Documento que establece un marco para posteriores decisiones de autorización, suele ser comprendido por varios proyectos, sus fines y objetivos son de largo plazo y determina prioridades de la acción pública o privada.

Proyectos: Consiste en un conjunto de actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas. "un proyecto es un esfuerzo temporal que se lleva a cabo para crear un producto, servicio o resultado único". De estos conceptos, se evidencia que la razón de un proyecto es alcanzar resultados o metas específicas dentro de los límites que imponen un presupuesto, calidades establecidas previamente, y un lapso de tiempo previamente definido.


Los programas educativos: por tanto (sean de construcción y aplicación pública y privada), serán documentos en los cuales se expresen objetivos de largo alcance, principalmente relacionados con acciones formativas de los individuos y sociedades.
 

Díaz-Barriga propone el siguiente modelo para la elaboración de un Programa educativo, el cual se divide en cuatro etapas:





·         DETERMINACION DE LOS OBJETIVOS GENERALES.



·         OPERACIONALIZACION DE LOS OBJETIVOS GENERALES




·         ESTRUCTURACION DE LOS OBJETIVOS INTERMEDIOS.



·         EVALUACION DEL PLAN DE ESTUDIOS.



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